Un formulario que solo admite IBAN nacionales puede bloquear pagos SEPA desde otro Estado miembro
La Comisión Europea identifica la discriminación por IBAN y remite a autoridades nacionales. Cómo documentar una restricción del formulario sin confundirla con un error de la cuenta.

La Comisión Europea define la discriminación por IBAN como la imposibilidad de realizar o recibir una transferencia SEPA, o de pagar mediante adeudo SEPA, desde una cuenta situada en otro Estado miembro. Su página anima a presentar una reclamación ante la autoridad nacional competente del país donde se encuentra esa discriminación. El problema no se limita a las comisiones: también puede aparecer en la entrada de datos.
Supuesto propio para revisar un formulario: la persona dispone de una cuenta en otro Estado miembro, pero el campo fija las letras del país y no permite sustituirlas. Conviene conservar el texto de la restricción y la respuesta del proveedor, diferenciando ese comportamiento de haber tecleado mal un número. El ejemplo no describe un comercio investigado ni demuestra por sí solo una infracción concreta.
Una ficha breve puede recoger fecha, servicio que se intentó pagar, modalidad SEPA y mensaje mostrado. Si se guarda una captura para pedir ayuda, debería ocultarse el IBAN completo y cualquier dato de acceso que no resulte necesario. No hace falta publicar información bancaria para explicar qué condición impone el campo.
El siguiente paso exige identificar la autoridad competente y el alcance de la operación, no enviar automáticamente la incidencia a cualquier organismo europeo. La página de la Comisión ofrece ese punto de partida. Esta guía no garantiza la aceptación de una cuenta en un servicio particular ni resuelve un expediente: ayuda a describir con precisión una barrera de país para que pueda examinarse.